Resolución de la Junta de Personal de Córdoba contra el sistema de cupos y la no cobertura de sustituciones

17 - marzo - 2016 Córdoba | Junta de Personal

A propuesta de USTEA, el pleno de la Junta de Personal Docente, reunida en la sesión ordinaria del 16 de marzo de 2016 aprobó por unanimidad una moción contra el sistema de cupos y el sistemático retraso en la cobertura de las sustituciones.

Las no cobertura de sustituciones es un recorte más que sufre la Educación Pública Andaluza y que tiene particular incidencia tanto en el derecho a la Educación como en los propios derechos laborales de los docentes.

Texto de la resolución:

RESOLUCION DE LA JUNTA DE PERSONAL DOCENTE DE CÓRDOBA INSTANDO A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCIA A LA MEJORA DE LA GESTION EN LAS SUSTITUCIONES EN LOS CENTROS DOCENTES.

En los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2016, se introduce una novedad de calado para el sistema educativo, ya que se establece que en ciertos supuestos, las sustituciones transitorias de los profesores titulares han de cubrirse inmediatamente y no esperar 10 días lectivos desde la situación que da origen a dicho nombramiento, como se establecía anteriormente en el artículo 4 de RD Ley 14/2012 de 20 de abril -el famoso decreto de recortes de medidas urgentes de racionalización del gasto púbico que propició el aumento de un 20% de las ratios, aumento del horario lectivo del profesorado, disminución en las ofertas de las modalidades de Bachillerato o aumento de tasas Universitarias, entre otros.

Estos supuestos son:

  • Cuando el profesor sustituido preste atención a alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

  • Cuando el profesor sustituido preste servicios en centros docentes que tengan implantadas menos de dos líneas educativas.

  • Cuando el profesor sustituido imparta docencia en segundo curso de Bachillerato.

  • Cuando la causa de la sustitución sea la situación de maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple, de conformidad con el Código Civil o las leyes civiles de las Comunidades Autónomas que lo regulen.

Algunas comunidades autónomas han desarrollado esta normativa de manera que se pueda aplicar de manera inmediata, añadiendo incluso algún nuevo supuesto, como el hecho de que simultáneamente haya más de una baja en el centro.

Sin embargo, la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, una vez más, queda a la zaga y aún no ha desarrollado esta norma, lo que impide que las bajas en estos supuestos sean cubiertas con inmediatez.

A ello se une el hecho de que, a pesar de la obligación de cubrir las sustituciones a los diez días lectivos de la baja, la Consejería permite que se den casos de varias semanas sin que se cubran, alargando el límite impuesto en el RD 14/2012.

Especialmente grave es la situación de los centros de infantil y primaria, debido a que se emplea la plantilla de apoyo de los centros para cubrir las bajas del profesorado, no siendo la función de este profesorado la de cubrir bajas sino la atención del alumnado con necesidades de refuerzo educativo, lo que en la práctica supone la desatención de la diversidad y de la compensación educativas.

Ante esta situación, la Junta de Personal Docente de Córdoba, reunida en sesión ordinaria el 16 de marzo de 2016, SOLICITA que de forma inmediata:

  1. No se utilicen los cupos 13 y 14 sino para la función original de apoyo en el aula y se cubran todas las sustituciones, en tiempo y forma, con el personal correspondiente, respetándose escrupulosamente los derechos profesionales de cada especialidad, tanto por legalidad como por calidad educativa.

  2. Estricto cumplimiento del plazo que establece el RD 14/2012 para el nombramiento de personal sustituto de “diez días lectivos”, plazo sistemáticamente incumplido en Andalucía.

  3. Se cubran desde el primer día los 4 supuestos que legalmente quedan exceptuados en la Ley 48/2015 de Presupuestos Generales del Estado respecto a lo que establece genéricamente el RD 14/2012

A medio plazo:

  1. Arbitrar un nuevo sistema de sustituciones en los centros docentes, escrupuloso tanto con el derecho a la educación, como con los derechos laborales y profesionales del profesorado, instando esta Junta de Personal Docente a la Administración Educativa a iniciar un debate con las organizaciones sindicales sobre el sistema de cupos establecido en la Orden de 8 de septiembre de 2010, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las sustituciones del profesorado de los Centros públicos de Andalucía.